A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Germán Delgadillo Velásquez·Demandado Juzgado Promiscuo De Familia De Granada, El Juzgado Promiscuo De Fuente De Oro Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Juez no le es dado declinar su competencia bajo el pretexto de hacer una adecuada aplicación de las normas atinentes al reparto
- Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia y el Tribunal Administrativo del Meta.
Encontró la Corte que en este caso se presentó un conflicto aparente, en la medida en que la primera Corporación no solo se apartó del conocimiento del asunto con base en el Decreto 333 de 2021 (reglas de reparto y no de competencia), sino que declaró la nulidad de todo lo actuado en primera instancia, desconociendo con ello el principio de la perpetuatio jurisdictionis, el cual supone que, una vez asumido el conocimiento de la acción de tutela, éste no se puede variar en segunda instancia.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se hace una advertencia a esta autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de actuar como lo hizo en el presente asunto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 15 de febrero de 2023 por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, en el marco del trámite de la acción de tutela promovida por el señor Germán Delgadillo Velásquez.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4364 a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia que, en lo sucesivo, se abstenga de actuar como lo hizo en el presente asunto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
- Cuarto. Por la Secretaría General de la corporación, COMUNICAR la presente decisión a la parte demandante, al Tribunal Superior de Villavicencio y al Tribunal Administrativo del Meta.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.