Micelio
Auto27 de abril de 2022

A- de 2022

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Harold Eduardo Sua Montaña

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad Sentencia De Constitucionalidad
  • Rechazar por falta de carga argumentativa
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad de la Sentencia C-321/21.

El memorialista argumentó que la precitada decisión se profirió sin haberse notificado previamente la decisión sobre el impedimento manifestado por la magistrada Cristina Pardo Schlesinger.

En su criterio, siguiendo lo dispuesto por la Corporación en el Auto 325/21, dicha situación configura un vicio que afecta los principios de publicidad, certeza, seguridad jurídica, confianza legítima y buena fe de los intervinientes y de los funcionarios judiciales, lo cual vulnera el debido proceso.

Teniendo en cuenta que la petición no satisface la carga argumentativa exigida para decretar la nulidad pretendida, en la medida en la que no el incidentante no logró imputar vicio alguno que incida de manera directa en la decisión adoptada, se RECHAZA la petición por ser manifiestamente improcedente.

Se advierte al ciudadano Harold Eduardo Sua Montaña que, con posterioridad a la fecha de la presente decisión, de continuar presentando solicitudes, recursos o recusaciones infundadas y abiertamente improcedentes, la Corte ejercerá los correspondientes poderes correctivos, en pro de garantizar el correcto funcionamiento de la administración de justicia, conforme a lo señalado el presente proveído.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (24 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR, por ser manifiestamente improcedente, la solicitud de nulidad dirigida contra la sentencia C-321 de 2021.
  2. Segundo. ADVERTIR al ciudadano Harold Eduardo Sua Montaña que, con posterioridad a la fecha de la presente decisión, de continuar presentando solicitudes, recursos o recusaciones infundadas y abiertamente improcedentes, esta Corte ejercerá los correspondientes poderes correctivos, en pro de garantizar el correcto funcionamiento de la administración de justicia, conforme a lo señalado en la parte motiva de la presente decisión.
  3. Tercero. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
  4. Notifíquese y cúmplase,
  5. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  6. Presidenta
  7. Con impedimento aceptado
  8. NATALIA ANGEL CABO
  9. Magistrada
  10. DIANA FAJARDO RIVERA
  11. Magistrada
  12. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  13. Magistrado
  14. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  15. Magistrado
  16. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  17. Magistrado
  18. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  19. Magistrada
  20. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  21. Magistrada
  22. JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
  23. Magistrado
  24. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.