A- de 2021
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Rafael Enrique Aranzalez Garcia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por cuanto el recurso de súplica no presenta argumentos que desvirtúen las razones constitutivas del rechazo de la demanda
- Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó porque los argumentos presentados en el escrito de subsanación no lograron satisfacer los requisitos de certeza, especificidad y suficiencia, en los términos indicados en el auto de inadmisión.
La Sala Plena de la Corporación no encontró que en la providencia cuestionada se hubiera incurrido en alguno yerro o arbitrariedad que permitiera la prosperidad del recurso impetrado y, por ello, decidió CONFIRMARLO en su integridad.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR el Auto del 28 de julio de 2021, proferido por la Magistrada Diana Fajardo Rivera, mediante el cual se rechazo la demanda presentada en el expediente D-14322.
- SEGUNDO. Contra esta providencia no procede recurso alguno, por lo cual, se aplicara lo dispuesto en el articulo 19 de la Ley 1755 de 2015, en concordancia con el literal d) del titulo II de la Circular 6 de 2018, frente a futuras peticiones o escritos repetitivos que pretendan reabrir el debate.
- TERCERO. Ejecutoriada esta decision, archivese el expediente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.