A- de 2015
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Reinel Muñoz Zuñiga
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia excepcional de la Corte Constitucional
- Competencia del juez de primera instancia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de cumplimiento y apertura de incidente de desacato de la sentencia SU.446/11.
La Corte concluyó que la Fiscalía General de la Nación realizó un procedimiento completo para la verificación del cumplimiento de los requisitos señalados en la sentencia de la referencia, en virtud del cual se llegó a la conclusión que la situación del peticionario no se adecuaba a ninguna de las señaladas en la misma.
Igualmente, consideró que no era procedente imponerle a la Fiscalía una sanción por desacato, pues la entidad no actúo de manera dolosa ni negligente en el cumplimiento del fallo, sino que realizó múltiples actuaciones para verificar si el memorialista era padre cabeza de familia y si estaba en una situación de incapacidad.
A pesar de NEGAR las solicitudes de nulidad y declaratoria de desacato formuladas, se ordena a la Oficina de Personal de la Fiscalía evaluar nuevamente la situación del actor, para determinar si en virtud de la Circular 007/11, debe ser reincorporado a la entidad.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. NEGAR la nulidad presentada por la Directora Juridica de la Fiscalia General de la Nacion
- SEGUNDO. NEGAR la solicitud de declaratoria de desacato presentada por el senor Reinel Munoz Zuniga, contra la Fiscalia General de la Nacion, frente al cumplimiento de la Sentencia SU - 446 de 2011.
- TERCERO. ORDENAR a la Oficina de Personal de la Fiscalia General de la Nacion que evalue nuevamente la situacion del senor Reinel Munoz Zuniga para determinar si en virtud de lo dispuesto en la Circular 007 de 2011 debe ser reincorporado a esa entidad.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.