A- de 2022
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 102 de Instrucción Penal Militar de Buenaventura, Valle del Cauca y la Fiscalía 38 Seccional de la misma ciudad.
La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en hechos relacionados con un combate entre miembros de la Armada Nacional y la Policía Nacional con miembros de un grupo armado residual, en el que fallecieron cuatro presuntos integrantes del precitado grupo y se incautaron elementos bélicos.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte constató que no se satisfizo el primero, en tanto no se suscitó contención alguna, al menos entre dos autoridades que administren justicia y pertenezcan a diferentes jurisdicciones.
Con base en lo anterior, la Sala Plena de la Corporación se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso el envío del expediente al Juzgado 102 de Instrucción Penal Militar de Buenaventura, Valle del Cauca para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y a la Fiscalía Seccional involucrada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para dirimir el conflicto suscitado por el Juzgado 102 de Instrucción Penal Militar de Buenaventura, Valle del Cauca ante la ausencia del presupuesto subjetivo.
- Segundo. REMITIRLE el expediente CJU-1765 al Juzgado 102 de Instrucción Penal Militar de Buenaventura, Valle del Cauca para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y a la Fiscalía 38 Seccional de Buenaventura.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.