A- de 2022
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante De Oficio Procesado Cordoba Aguillon Hector Hernan·Demandado Cordoba Aguillon Hector Hernan
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Jurisdicciones planteado por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Sibundoy (Putumayo).
Dicho conflicto se originó en un proceso penal adelantado en contra de un ciudadano indígena, por la presunta comisión del delito de acto sexual con menor de 14 años.
La Sala Plena considera que no hay lugar a resolver el asunto sub examine, puesto que este no configura un conflicto de competencias entre jurisdicciones.
En este caso, no se acredita el presupuesto subjetivo de este tipo de conflictos, dado que ninguna de las autoridades judiciales involucradas ha emitido pronunciamiento en el que reclame la competencia para conocer el caso.
De un lado, el Juzgado Promiscuo del Circuito de Sibundoy se limitó a dar trámite a las solicitudes presentadas por las partes, bajo la consideración de que carecía de competencia para pronunciarse del conflicto planteado.
Del otro lado, las autoridades del Cabildo Indígena Inga Colón no concurrieron al trámite para manifestar su voluntad de conocer del proceso penal que se sigue, por la presunta comisión del delito de acto sexual con menor de 14 años.
Estas no participaron en las audiencias de trámite, ni remitieron documento alguno en el que reclamaran la competencia para conocer del caso.
En consecuencia, la Sala Plena se declaró inhibida para decidir el presente asunto y ordenó el envío del expediente al juzgado de origen para continuar el trámite procesal y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarase INHIBIDA para pronunciarse sobre el conflicto de jurisdicciones planteado por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Sibundoy dentro del radicado 867496000536 2020 00103 00.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-1746 al Juzgado Promiscuo del Circuito de Sibundoy, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.