A- de 2017
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Martha Liliana Maldonado Vela·Demandado Saludcoop Eps
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Factor territorial
- Competencia a prevención
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Tunja y el Juzgado Dieciséis Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogotá.
La Corte considera que la única autoridad competente para asumir el conocimiento de la acción de tutela invocada es el de la ciudad de Tunja, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991.
Esto, en virtud de ser el lugar donde se producen los efectos de la vulneración de derechos fundamentales alegada y el de residencia de la actora.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Tunja, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 17 de agosto de 2017 proferido por el Juzgado
- Primero. Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Tunja, dentro del expediente ICC-3044.
- SEGUNDO. REMITIR al Juzgado
- Primero. Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Tunja, el expediente ICC-3044, para que, de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar, dentro de la acción de tutela interpuesta por Martha Liliana Maldonado Vela contra Saludcoop EPS en liquidación.
- TERCERO. ORDENAR que por Secretaría General se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado Dieciséis Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogotá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.