A-570 de 2026
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente proveído se adicionó de manera oficiosa el resolutivo primero del Auto 293/26, con el siguiente texto: “Asimismo, DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 29 de enero de 2026 proferido por el Juzgado Laboral del Circuito de Honda al interior del trámite de la acción de tutela promovida por la señora Patricia Parra en contra del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y en contra de la Unidad de Planificación Rural Agropecuaria.
Igualmente, dispuso remitir dicha disposición al precitado despacho judicial para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar, conforme al artículo 86 de la Constitución Política y al Decreto 2591 de 1991.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. ADICIONAR OFICIOSAMENTE el resolutivo
- primero. del Auto 293 de 2026, en estos t�rminos:
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 29 de enero de 2026 proferido por el Juzgado Laboral del Circuito de Honda al interior del tr�mite de la acci�n de tutela promovida por el se�or Jos� Javier Pava Franco en contra del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y en contra de la Unidad de Planificaci�n Rural Agropecuaria. Asimismo, DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 29 de enero de 2026 proferido por el Juzgado Laboral del Circuito de Honda al interior del tr�mite de la acci�n de tutela promovida por la se�ora Patricia Parra en contra del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y en contra de la Unidad de Planificaci�n Rural Agropecuaria.
- SEGUNDO. INCORPORAR ESTE AUTO al expediente ICC-5291 y REMITIRLO al Juzgado Laboral del Circuito de Honda para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisi�n a que haya lugar, conforme al art�culo 86 de la Constituci�n Pol�tica y al Decreto 2591 de 1991. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital, carpeta comprimida �OneDrive_1_30-1-2026�, enlace dentro del documento �002ConstanciaRecepciónEXP2.pdf�, documento �004EscritoTutela-Anexos.pdf�. [2] Expediente digital, carpeta comprimida �OneDrive_1_30-1-2026�, enlace dentro del documento �002ConstanciaRecepciónEXP2.pdf�, documento �012AutoRemiteXAcumulacionTutelas.pdf�. [3] Expediente digital, carpeta comprimida �OneDrive_1_30-1-2026�, enlace dentro del documento �002ConstanciaRecepciónEXP2.pdf�, documento �012AutoRemiteXAcumulacionTutelas.pdf�, p. 2. [4] Expediente digital, carpeta comprimida �OneDrive_1_30-1-2026�, enlace dentro del documento �002ConstanciaRecepciónEXP2.pdf�, documento �012AutoRemiteXAcumulacionTutelas.pdf�.p. 2. [5] Expediente digital, documento �004ConflictoNegativoJuzgadoLaboral.pdf�. [6] Expediente digital, documento �004ConflictoNegativoJuzgadoLaboral.pdf�, p. 2. [7] Expediente digital, documento �004ConflictoNegativoJuzgadoLaboral.pdf�, p. 2. [8] Expediente digital, documento �004ConflictoNegativoJuzgadoLaboral.pdf�, p. 2. [9] Expediente digital, documento �004ConflictoNegativoJuzgadoLaboral.pdf�, p. 4. [10] Corte Constitucional de Colombia Autos 307 de 2024 y 694 de 2022. [11] Ley 1564 de 2012, Art�culo 1: � Este c�digo regula la actividad procesal en los asuntos civiles, comerciales, de familia y agrarios. Se aplica, adem�s, a todos los asuntos de cualquier jurisdicci�n o especialidad y a las actuaciones de particulares y autoridades administrativas, cuando ejerzan funciones jurisdiccionales, en cuanto no est�n regulados expresamente en otras leyes �. [12] Cfr., Corte Constitucional, Autos 170A de 2003 y 205 de 2014.