A- de 2023
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Astudillo Avila Marco Antonio·Demandado Coomercampo Ltda
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo emitido por autoridad pública en ejercicio de sus funciones reglamentarias
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Popayán y el Tribunal Administrativo del Cauca.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la acción de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso un ciudadano en contra del acto administrativo proferido por el director territorial de la Oficina de Trabajo del Cauca, mediante el cual se abstuvo de abrir formal investigación contra la persona jurídica que previamente había sido condenada por la jurisdicción ordinaria laboral a cancelarle una millonaria suma de dinero.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte concluyó que, por regla general, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es competente para conocer de las demandas de nulidad y restablecimiento del derecho cuyo origen sea un acto administrativo emitido por una autoridad pública en ejercicio de sus funciones reglamentarias, en los términos del artículo 104 del CPACA.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Tribunal Administrativo del Cauca, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en el presente trámite y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Popayán y el Tribunal Administrativo del Cauca, en el sentido de DECLARAR que el Tribunal Administrativo del Cauca es la autoridad competente para conocer del presente asunto.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-2573 al Tribunal Administrativo del Cauca, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Popayán.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.