A- de 2017
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Samantha Monsalve Valderrama·Demandado Fosyga Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Trece Civil del Circuito de Oralidad de Medellín y el Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Primera de Oralidad.
La Corte considera que en este caso no se configura un conflicto de competencia, ni siquiera aparente, toda vez que el precitado juzgado tomó erradamente las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1382 de 2000 para declararse incompetente y no pronunciarse de fondo, a pesar de que dicha norma sólo establece directrices de reparto.
Se dirime el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Trece Civil del Circuito de Oralidad de Medellín, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 3 de agosto de 2017 proferido por el Juzgado Trece Civil del Circuito de Oralidad de Medellín, dentro de la acción de tutela formulada por Samantha Monsalve Valderrama contra el Fondo de Solidaridad y Garantías - Fosyga, y Salud Total E.P.S.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3042 al Juzgado Trece Civil del Circuito de Oralidad de Medellín, que contiene la acción de tutela presentada por Samantha Monsalve Valderrama, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR esta providencia a las partes y al Tribunal Administrativo de Antioquia - Sala Primera de Oralidad.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.