A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Hernandez Cuervo Carlos Suetonio·Demandado Municipio De Guepsa Santander
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 2° Administrativo del Circuito Judicial de San Gil y el Juzgado 1° Civil del Circuito Judicial de Vélez.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer la demanda presentada por un ciudadano contra el municipio de Güepsa ante el Juzgado 1° Civil del Circuito Judicial de Vélez, para obtener la declaratoria de la existencia de una relación laboral y el reconocimiento y pago de prestaciones sociales derivadas de dicho vínculo.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte, con base en lo expuesto en los autos 492 y 901 de 2021, determinó que, de acuerdo con el artículo 104 del CPACA, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva celebración de contratos de prestación de servicios con el Estado.
Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado 2° Administrativo del Circuito Judicial de San Gil, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a las partes interesadas.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 2° Administrativo del Circuito Judicial de San Gil y el Juzgado 1° Civil del Circuito Judicial de Vélez, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 2° Administrativo del Circuito de San Gil es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por el señor Carlos Suetonio Hernández Cuervo contra el municipio de Güepsa.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-2569 al Juzgado 2° Administrativo del Circuito Judicial de San Gil para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados, entre ellos al Juzgado 1° Civil del Circuito de Vélez.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.