A- de 2016
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Sala De Seguimiento
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Traslado de informe presentado por la Unidad para las Víctimas, “Ajustes y propuestas al Plan de Trabajo para superar el atraso a la respuesta de peticiones y acciones d
- Competencia para verificar que las entidades y organismos competentes, adopten las medidas necesarias para asegurar el goce efectivo de los derechos fundamentales de la población desplazada
- Estado de cosas inconstitucional declarado en sentencia T-025/04
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 decide correr traslado del informe presentado por la Unidad de Víctimas y denominado “Ajustes y Propuestas al Plan de Trabajo para superar el atraso a las respuesta de peticiones y acciones de tutela de víctimas que influye en que se altere la protección de las más vulnerables”, a la Mesa Nacional de Víctimas, a la Procuraduría General de la Nación, a la Contraloría General de la República, a la Defensoría del Pueblo, a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidad para los Refugiados –ACNUR-, a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado y al Consejo Noruego para Refugiados, con el fin de que se pronuncien sobre el mismo, si así lo consideran pertinente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- RESUELVE
- PRIMERO. CORRER TRASLADO, a través de la Secretaría General de esta Corporación, del informe presentado por la Unidad para las Víctimas el 11 de Noviembre, "Ajustes y propuestas al Plan de Trabajo para superar el atraso a la respuesta de peticiones y acciones de tutela de víctimas que influye en que se altere la protección de las más vulnerables", a la Mesa Nacional de Víctimas, a la Procuraduría General de la Nación, a la Contraloría General de la República, a la Defensoría del Pueblo, a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados-ACNUR, a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública Sobre Desplazamiento Forzado y al Consejo Noruego para Refugiados, con el fin de que se pronuncien, si así lo consideran pertinente, dentro de los ocho (8) días siguientes a la comunicación del presente auto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.