A- de 2024
Ponente Vladimir Fernández Andrade
✓Demandante Fiduciaria La Previsora Sa·Demandado Municipio De Matanza Santander
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos en los que se pretende el pago de cuotas partes pensionales reconocidas mediante actos administrativos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 1º Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bucaramanga y el Juzgado 11 Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ejecutiva laboral que presentó el PAR de la Caja Agraria en Liquidación en contra del municipio de Matanza, para que se librara mandamiento de pago por el valor correspondientes a la suma de dinero por concepto de capital por cuotas pensionales adeudadas por la entidad territorial y pagadas a un ciudadano.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 853 de 2021 mediante la cual se estableció que, la competencia judicial para conocer de las demandas ejecutivas por medio de las cuales se solicita el pago de las cuotas partes pensionales reconocidas en un acto administrativo que no se enmarca en los supuestos previstos en el numeral 6 del artículo 104 del CPACA, corresponde a la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado 1º Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bucaramanga para que continúe con el trámite del proceso y para que comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 1º Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bucaramanga y el Juzgado 11 Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 1º Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bucaramanga es la autoridad competente para conocer de la demanda instaurada el Patrimonio Autónomo de Remanentes de la Caja Agraria en Liquidación, administrado por Fiduciaria La Previsora S.A.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-5000 al Juzgado 1º Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bucaramanga para que continúe con el trámite del proceso y para que comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 11 Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.