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A. 558/18
Aclaración de votoAuto A. 558/1829 de agosto de 2018

Aclaración de voto

MagistradoCristina Pardo Schlesinger

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

ACLARACION DE VOTO DE LA MAGISTRADA CRISTINA PARDO SCHLESINGER AL AUTO 558 18Referencia: Solicitud de Nulidad de la Sentencia T-361 de 2017, providencia que resolvió la acción de tutela instaurada por Julia Adriana Figueroa en calidad de representante legal de la Corporación Colectiva de Abogados Luis Carlos Pérez y los señores Alix Mancilla Moreno, Dadan Amaya, Luís Jesús Gamboa y Erwin Rodríguez -Sala en nombre propio y en representación de los miembros del Comité por la Defensa del Páramo de Sarturbán contra el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.Magistrado Ponente: Alberto Rojas RíosCon el acostumbrado respecto por las decisiones de la sala plena, aclaro mi voto en el asunto de la referencia por las razones que paso a explicar:Aunque comparto los motivos por los cuales la sala plena denegó la nulidad en el presente caso, puesto que estoy de acuerdo en que el cargo por desconocimiento del precedente contenido en la Sentencia C-035 de 2016 no estaba llamado a prosperar, pues lo establecido en dicho fallo no resulta incompatible con la aplicación de criterios de participación ciudadana en los procesos de delimitación de páramos, aclaro mi voto para señalar que estimo que la acción de tutela decidida en la Sentencia T-361 de 2017 debió rechazarse por improcedente, al desconocer el principio de subsidiariedad , toda vez que dicha acción se interpuso en contra de la Resolución 2050 de 2014 expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, respecto de la cual procedía el medio de control de nulidad, simple.Fecha ut supraCRISTINA PARDO SCHLESINGERMagistrada