Micelio
Auto20 de abril de 2022

A- de 2022

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Milton Hernando Anama Rodriguez

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Tramite De Cumplimiento Fallo De Tutela E Incidente De Desacato
  • Mecanismos de cumplimiento para materializar orden de fallo de tutela
Solicitud De Cumplimiento De Sentencia De Tutela E Incidente De Desacato
  • Competencia excepcional de la Corte Constitucional
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de cumplimiento y apertura de incidente de desacato en relación con la Sentencia SU.245/21.

El memorialista, en calidad de Gobernador y Representante Legal del Resguardo Indígena de Yascual, del municipio de Túquerres (Nariño), adujo que la Secretaría Departamental de Educación y Cultura de Nariño ha incumplido con las órdenes dadas por la Corporación en el precitado fallo.

Teniendo en cuenta la competencia prevalente que tiene el juez de primera instancia para verificar el cumplimiento de las decisiones adoptadas por la Corte Constitucional y para adelantar los respectivos incidentes de desacatados a que haya lugar, la Sala Plena decidió remitir la precitada solicitud a la Sección Primera del Consejo de Estado para que, en el ejercicio de su competencia, adopte las medidas necesarias.

Así mismo, dispuso enviar copia del referido escrito y del presente auto a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo, para que adopten las medidas pertinentes y adecuadas, en el marco de sus respectivas competencias.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (24 puntos)
  1. Primero. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el escrito presentado por el señor Milton Hernando Anama Rodríguez, Gobernador y Representante Legal del Resguardo Indígena de Yascual, remitido al despacho el 31 de marzo de 2022, a la Sección Primera del Consejo de Estado para que, en el ejercicio de su competencia, adopte las medidas necesarias en relación con el cumplimiento de la Sentencia SU-245 de 2021. El contenido integral de este auto deberá ser puesto en conocimiento de la referida autoridad.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, ENVIAR copia del escrito presentado por el señor Milton Hernando Anama Rodríguez, Gobernador y Representante Legal del Resguardo Indígena de Yascual, así como de la presente providencia, a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo, para que adopten las medidas pertinentes y adecuadas, en el marco de sus respectivas competencias.
  3. Tercero. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, INFORMAR y REMITIR el contenido del presente auto al señor Milton Hernando Anama Rodríguez, al correo electrónico oskardleons@gmail.com
  4. Cuarto. ADVERTIR que contra la presente providencia no procede recurso alguno.
  5. Comuníquese y cúmplase.
  6. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  7. Presidenta
  8. NATALIA ANGEL CABO
  9. Magistrada
  10. DIANA FAJARDO RIVERA
  11. Magistrada
  12. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  13. Magistrado
  14. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  15. Magistrado
  16. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  17. Magistrado
  18. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  19. Magistrada
  20. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  21. Magistrada
  22. JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
  23. Magistrado
  24. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.