Micelio
Auto6 de mayo de 2026

A-544/26 de 2026

Ponente Carlos Camargo Assis

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 002 Promiscuo Municipal de El Banco, Magdalena y el Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Santa Marta, por una demanda de recuperación de bien de uso público, instaurada por la Junta de Acción Comunal del barrio San Jorge del municipio de El Banco, Magdalena, contra una ciudadana, para que se declare que un inmueble es un bien de uso público o de propiedad del municipio de El Banco, Magdalena y se ordene su restitución inmediata, entre otras pretensiones.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones la Sala Plena advierte que, aunque la demanda fue presentada por la Junta de Acción Comunal y no por una entidad pública, la controversia planteada se circunscribe a la declaración de la naturaleza jurídica de un bien inmueble y su consecuente restitución, además de que se declare la ineficacia del contrato de compraventa respecto del lote adicional, lo cual evidencia que el litigio involucra la definición de derechos reales y la validez de actos jurídicos entre particulares y no de actos administrativos.

En consecuencia, resulta aplicable la regla de decisión fijada en el Auto 1114/21, en cuanto dispone que, cuando la controversia relacionada con la restitución de bienes no corresponde a materias expresamente asignadas a la jurisdicción de lo contencioso administrativo, no se advierte la existencia de un contrato estatal ni implica el ejercicio de una función administrativa, debe aplicarse la cláusula general de competencia de la jurisdicción ordinaria prevista a su favor en el artículo 15 del CGP.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.