Micelio
Auto9 de noviembre de 2016

A- de 2016

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Elmer Ramiro Silva Rodriguez Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad En Proceso De Constitucionalidad
  • Se rechaza por no incurrirse en vicio o irregularidad procesal
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad de todos los procesos en que se ha demandado la Ley 1776 de 2016 o Ley Zidres.

A pesar de que la petición se hizo frente a todos los proceso, los memorialistas hicieron particular referencia a los identificados con los radicados D-11275, D-11276 y D-11494.

Alegaron, que el hecho de que los dos primeros expedientes se hubiesen acumulado y repartido al Despacho del Magistrado Luis Ernesto Vargas Silva y que el tercero se asignó a otro Despacho, configura la vulneración a la garantía prevista en el artículo 29 de la Constitución.

Considera la Corte que la situación que ponen de presente los ciudadanos peticionarios no configura una irregularidad susceptible de afectar el debido proceso en los asuntos de la referencia.

Se DENIEGAN el incidente de nulidad formulado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. NEGAR, por las razones expuestas, la solicitud de nulidad de los procesos D-11275, D-11276 y D-11494, presentada por los ciudadanos Elmer Ramiro Silva Rodriguez y Carlos Humberto Osorio Monroy.
  2. Segundo. Comunicar el contenido de esta decision a los peticionarios, informandoles que contra ella no procede recurso alguno.
  3. Comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.