Micelio
Auto19 de agosto de 2021

A- de 2021

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Colpensiones Contra Acto Administrativo Que Concedió Prestación Pensional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Veinte Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado Dieciséis Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos judiciales se generó en torno al trámite de una acción de nulidad y restablecimiento del derecho iniciada por Colpensiones en contra de una resolución propia, por medio de la cual reconoció una indemnización sustitutiva.

La Corte verificó el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones y determinó que la competencia para resolver el precitado proceso la tiene la jurisdicción de lo contencioso administrativa.

Lo anterior en aplicación de la cláusula especial de competencia prevista en los artículos 97 y 104 del CPACA, en virtud de la cual dicha jurisdicción, no la ordinaria, tiene la competencia exclusiva para conocer las demandas de nulidad que interpone la administración en contra de un acto administrativo propio (acciones de lesividad), incluso en aquellos eventos en los que la administración demanda actos propios que versan sobre asuntos laborales o de la seguridad social.

Con base en lo anterior se ordena remitir el expediente al Juzgado Veinte Administrativo del Circuito de Bogotá, para que le imparte el trámite correspondiente y para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veinte Administrativo del Circuito de Bogota y el Juzgado Dieciseis Laboral del Circuito de Bogota, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Veinte Administrativo del Circuito de Bogota es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones en contra del ciudadano Cesar Jose Sanchez Salgado.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-458 a el Juzgado Veinte Administrativo del Circuito de Bogota para lo de su competencia y para que comunique la presente decision a los interesados en este tramite y al Juzgado Dieciseis Laboral del Circuito de Bogota.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.