A- de 2023
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante De Oficio·Demandado Quitumbo Labio Gilder Arbey Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, remitido por el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado con Función de Conocimiento de Neiva.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer un proceso penal adelantado contra un ciudadano indígena y otras dos personas por la presunta comisión de los delitos de concierto para delinquir, extorsión con circunstancias de agravación punitiva, uso de menores de edad para cometer delitos y fabricación, tráfico, y porte de armas de fuego o municiones.
La Sala observa que, en el asunto de la referencia, no se satisface el presupuesto subjetivo y, por ende, no está configurado un conflicto entre jurisdicciones.
En este caso, el conflicto pretendió impulsarse a partir de la manifestación del defensor, quien, a través de una serie de documentos y solicitudes procesales, buscó justificar la competencia de la jurisdicción indígena para conocer el proceso referido.
Sin embargo, dentro de los mismos no se aprecia un escrito o cualquier otra manifestación de la autoridad del Cabildo Indígena de Cohetando, que reclame la competencia del caso objeto de estudio.
Conforme a lo expuesto, la Corte Constitucional declarará su inhibición en este asunto y enviará el expediente al juzgado de origen para lo de su competencia y para que comunique esta decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver sobre el conflicto de competencia entre jurisdicciones, remitido por el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito Especializado con Función de Conocimiento de Neiva.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3352 al Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito Especializado con Función de Conocimiento de Neiva, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.