A- de 2021
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Falta de competencia de la Corte Constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Sexto Civil del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los despachos judiciales involucrados tuvo su origen en una demanda ejecutiva de mayor cuantía interpuesta en contra de una I.P.S para perseguir el cobro de diversas facturas de venta referidas al alquiler de insumos o entrega de implementos.
Concluyó la Corte que no tiene competencia para resolver el presente asunto por cuanto se trata de un conflicto de competencia trabado entre autoridades judiciales que forman parte de una misma jurisdicción.
En atención al artículo 18 de la Ley 270 de 1996 que establece que corresponde a la Corte Suprema de Justicia y a los Tribunales Superiores de Distrito Judicial resolver los conflictos de competencia que se susciten entre autoridades judiciales que forman parte de la Jurisdicción Ordinaria, la Sala Plena se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento alguno y dispuso remitir el expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá para que proceda a dirimir el conflicto de competencia planteado y para que comunique la presente decisión a los interesados en el trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia suscitada entre el Juzgado
- Sexto. Civil del Circuito de Bogota y el Juzgado
- Decimo. Laboral del Circuito de Bogota, en relacion con la competencia para conocer el proceso ejecutivo de mayor cuantia iniciado por la sociedad HOSPIMEDICS S.A. en contra de la sociedad FOQUS I.P.S. S.A.S.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-358 al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota para que (i) proceda a dirimir el conflicto de competencia entre el Juzgado
- Sexto. Civil del Circuito de Bogota y el Juzgado
- Decimo. Laboral del Circuito de Bogota y (ii) comunique la presente decision a los interesados en este tramite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.