A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Londoño Carmona Maria Argenis·Demandado En Veriguacion De Responsables
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto aparente de jurisdicciones entre el Juzgado 158 de Instrucción Penal Militar de Cali y Fiscalía 4ª Delegada ante el Tribunal de Buga.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer una investigación penal contra miembros de la Policía Nacional.
La Corte advierte que, en el asunto bajo examen, no se cumple con el presupuesto subjetivo, porque no existe una controversia negativa o positiva entre dos autoridades judiciales de distintas jurisdicciones que nieguen o reclamen para sí el conocimiento del proceso, como requisito habilitante para el ejercicio de la atribución otorgada a la Corte Constitucional en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución.
Por ende, la Sala estima necesario adoptar una decisión inhibitoria y ordenar el envío del expediente al Juzgado 158 de Instrucción Penal Militar de Cali, última autoridad que lo tuvo a su cargo, para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el aparente conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 158 de Instrucción Penal Militar de Cali y la Fiscalía 4 Delegada ante el Tribunal de Buga (Valle del Cauca).
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-3224 al Juzgado 158 de Instrucción Penal Militar de Cali para lo de su competencia, en los términos expuestos en esta providencia y para que comunique la presente decisión a la Fiscalía 4ª Delegada ante el Tribunal de Buga (Valle del Cauca) y a los demás sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.