Micelio
Auto19 de agosto de 2021

A- de 2021

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Colpensiones Contra Acto Administrativo Que Concedió Prestación Pensional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Manizales.

La controversia entre los despachos judiciales involucrados tuvo su origen en una acción de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso Colpensiones para obtener la declaratoria de nulidad de resoluciones mediante las cuales reconoció una pensión de invalidez a uno de sus afiliados, bajo el supuesto de resultar violatorias del artículo 1º de la Ley 860 de 2003.

La Corte verificó el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones y determinó que la jurisdicción de lo contencioso administrativa es la competente para dar trámite a la demanda interpuesta por Colpensiones.

Lo anterior, por cuando los artículos 97 y 104 del CPACA prevén una cláusula especial de competencia, por virtud de la cual dicha jurisdicción tiene la competencia exclusiva para conocer las demandas que la administración interpone contra actos administrativos propios, incluidos los que versan sobre asuntos laborales o de la seguridad social.

Con base en lo anterior se ordenó enviar el expediente al Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite, al igual que a la otra autoridad judicial.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Octavo. Administrativo de Bogota y el Juzgado
  3. Tercero. Laboral del Circuito de Manizales, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Octavo. Administrativo de Bogota es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones en contra del ciudadano Gerardo Antonio Lopez Ospina.
  5. Segundo. REMITIR el expediente CJU-270 al Juzgado
  6. Octavo. Administrativo de Bogota para lo de su competencia y para que comunique la presente decision a los interesados en este tramite y al Juzgado
  7. Tercero. Laboral del Circuito de Manizales.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.