Micelio
Auto25 de septiembre de 2019

A- de 2019

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Arcelia Yasmith Barrios Osorio·Demandado Secretaria De Educacion Del Magdalena

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Bosconia (Cesar) y el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Santa Marta (Magdalena).

La controversia entre las autoridades judiciales involucradas se generó en torno a las diferentes interpretaciones que hicieron sobre el factor territorial.

Ambos despachos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se originó y tuvo sus efectos la presunta vulneración de derechos fundamentales alegada por la accionante.

Teniendo en cuenta que ambos juzgados tienen competencia para tramitar la acción de tutela, la Corte decidió dar prevalencia a la elección que la actora hizo a prevención y dispuso el envío del expediente al Juzgado del municipio de Bosconia, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.

A la otra autoridad se le advierte que, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS la providencia del 12 de julio de 2019 proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Bosconia (Cesar), dentro del tramite de la accion de tutela formulada por la senora Arcelia Yasmith Barrios Osorio contra la Secretaria de Educacion de Magdalena.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3733 al Juzgado
  3. Primero. Promiscuo Municipal de Bosconia (Cesar) para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a la que haya lugar.
  4. Tercero. ADVERTIR al Juzgado
  5. Quinto. Civil del Circuito de Santa Marta que, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018 de esta Corporacion.
  6. Cuarto. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR la decision adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado
  7. Quinto. Civil del Circuito de Santa Marta.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.