Micelio
Auto17 de septiembre de 2019

A- de 2019

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Oscar Ochoa Baquero·Demandado Pallomaro S.A.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Treinta y Uno Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá y el Juzgado Séptimo Civil Municipal de Cali.

En este caso se configuró un conflicto negativo de competencia por la interpretación del factor territorial.

Considera la Corte que el despacho judicial de la ciudad de Bogotá es el competente para tramitar la acción de tutela, por cuanto la aparente vulneración de derechos fundamentales como la extensión de sus efectos se produjeron en dicha ciudad.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la precitada autoridad, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Al juzgado de Cali se le advierte que los conflictos de competencia deben ser resueltos, en principio, por las autoridades establecidas en la ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia constitucional, expuestas en la presente providencia y en el Auto 550/18.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 26 de julio de 2019 por Juzgado Treinta y Uno Penal Municipal con Funcion de Conocimiento de Bogota, dentro de la accion de tutela formulada por el senor Oscar Ochoa Baquero contra Pallomaro S.A.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3730, que contiene la accion de tutela presentada por el senor Oscar Ochoa Baquero contra Pallomaro S.A., al Juzgado Treinta y Uno Penal Municipal con Funcion de Conocimiento de Bogota, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  3. Tercero. ADVERTIR al Juzgado
  4. Septimo. Civil Municipal de Cali que siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018 de esta Corporacion.
  5. Cuarto. Por la Secretaria General de esta Corporacion, COMUNICAR la presente decision al accionante y al Juzgado
  6. Septimo. Civil Municipal de Cali.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.