A- de 2025
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Ospino Alfaro Jose David Y Otros·Demandado Municipio De Guamal Magdalena
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre declaratoria de existencia de vinculación laboral propia de un empleado público
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 003 Administrativo de Santa Marta (Magdalena) y el Juzgado Laboral del Circuito de El Banco (Magdalena), causado por una demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, presentada por unos ciudadanos, en contra del municipio de Guamal (Magdalena), con la que solicitan que se declare la nulidad del oficio a través del cual la entidad demandada dio respuesta a la petición presentada por los demandantes sobre despido injusto, y se condene al pago de una indemnización, al reintegro de los demandantes y al pago de acreencias que consideran se generaron por dicha causa.
Cumplidos los presupuestos de configuración del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el municipio de Guamal asumió la prestación del servicio de acueducto, alcantarillado y aseo municipales.
Los cargos de los demandantes, operarios de redes de acueducto, alcantarillado y bombas de acueducto, y de auxiliar de servicios generales, conforme la descripción de los cargos en el manual de funciones, corresponden a cargos de carrera administrativa de empleados públicos que se vincularon a la entidad a través de una relación legal y reglamentaria, y no se trata de contratos laborales que involucran a trabajadores oficiales.
De conformidad con las reglas de decisión contenidas en los Autos 858 de 2021 y 184 de 2023, se concluye que le corresponde a la jurisdicción de lo contencioso-administrativo conocer el asunto de la referencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 104.4 del CPACA.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 003 Administrativo de Santa Marta (Magdalena) y el Juzgado Laboral del Circuito de El Banco (Magdalena), en el sentido de DECLARAR que Juzgado 003 Administrativo de Santa Marta (Magdalena) es la autoridad competente para conocer la demanda ejecutiva promovida por los demandantes ex funcionarios de la Unidad de Servicios Públicos Domiciliarios de Guamal (Magdalena) en contra de la misma entidad.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6280 al Juzgado 003 Administrativo de Santa Marta (Magdalena) para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y Juzgado Laboral del Circuito de El Banco (Magdalena).
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.