Micelio
Auto26 de octubre de 2016

A- de 2016

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Miguel Escobar Hernandez·Demandado Uariv

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Apartadó y el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Turbo.

Teniendo en cuenta que el accionante decidió interponer la acción de tutela en el lugar en donde ocurrió la supuesta vulneración de su derecho fundamental de petición, esto es, en el municipio de Apartadó, considera la Corte que es el despacho judicial de este municipio quien debe asumir su conocimiento.

En consecuencia, se remite el expediente al Juzgado Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Apartadó, para que sin dilación alguna profiera la decisión de fondo que corresponda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 13 de junio de 2016, proferido por el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Apartadó en el trámite de la acción de tutela interpuesta por Francisco Miguel Escobar Hernández contra la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC 2520 al Juzgado
  4. Primero. Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Apartadó, para que sin dilación profiera decisión de Fondo.
  5. TERCERO. ORDENAR que, por Secretaría General de esta Corporación, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado
  6. Primero. Administrativo Oral del Circuito de Turbo, Antioquia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.