Micelio
Auto6 de abril de 2022

A- de 2022

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Gomez De Varela Amparo·Demandado Fondo Nacional De Prestaciones Sociales De Magisterio Y Otros

Tema · dato duro
Proceso Ejecutivo En El Que Se Pretende El Pago De Acreencias Laborales Reconocidas Mediante Actos Administrativos.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de acreencias laborales reconocidas mediante actos administrativos
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 16 Administrativo Oral del Circuito de Cali y el Juzgado 1 Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los despachos precitados tuvo su origen en una demanda ejecutiva interpuesta por una ciudadana en contra de la Nación, el Ministerio de Educación, el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, la Secretaría de Educación del Valle del Cauca y la Fiduciaria de Inversión Colombia.

Lo anterior con la finalidad de que le fueran cancelados los dineros reconocidos en la reliquidación de la pensión vitalicia expedida por la Secretaría de Educación del Departamento del Valle del Cauca.

Luego de verificar el complimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte estableció que corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, el conocimiento de los procesos ejecutivos en los que se pretenda el pago de acreencias laborales reconocidas en actos administrativos.

Lo anterior, de conformidad con los artículos 12 de la Ley 270 de 1996 y 2.5 y 100 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

Con base en lo anterior se dirime el asunto ordenando remitir el expediente al Juzgado 1 Laboral del Circuito de Cali para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico y a los interesados dentro del asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 16 Administrativo Oral del Circuito de Cali y el Juzgado 1 Laboral del Circuito de Cali en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Juzgado 1 Laboral del Circuito de Cali conocer el proceso ejecutivo iniciado por la señora Amparo Gómez de Varela en contra de la Nación, el Ministerio de Educación, el Fomag, la Secretaría de Educación del Valle del Cauca y la Fiduprevisora con número de radicado 76001310500120210018600.
  2. Segundo. REMITIRLE el expediente CJU-1052 al Juzgado 1 Laboral del Circuito de Cali para lo de su competencia y para que le comunique esta decisión al Juzgado 16 Administrativo Oral del Circuito de Cali y a las partes interesadas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.