A- de 2022
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Bohorquez Patarroyo Martha Lucia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre la Sección Segunda del Juzgado 12 Administrativo de Oralidad de Bogotá y el Juzgado 36 Laboral del Circuito de Bogotá.
La controversia entre los despachos precitados tuvo su origen en el trámite de una acción de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta por Colpensiones en contra de dos resoluciones propias mediante las cuales reliquidó una pensión de vejez a favor de una ciudadana.
Luego de verificar el complimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte estableció que la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer de una demanda presentada por una entidad pública, en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, contra un acto administrativo propio.
Con base en lo anterior se dirime el asunto ordenando remitir el expediente a la Sección Segunda del Juzgado 12 Administrativo de Oralidad de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico y a los interesados dentro del asunto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Sección Segunda del Juzgado 12 Administrativo de Oralidad de Bogotá y el Juzgado 36 Laboral del Circuito de Bogotá y DECLARAR que la Sección Segunda del Juzgado 12 Administrativo de Oralidad de Bogotá es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por Colpensiones contra la señora Martha Lucía Bohórquez Patarroyo.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1012 la Sección Segunda del Juzgado 12 Administrativo de Oralidad de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 36 Laboral del Circuito de Bogotá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.