Micelio
Auto14 de abril de 2023

A- de 2023

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Velasquez Arango Eliseo Antonio·Demandado Ministerio De Hacienda Y Credito Publico Y Otros

Tema · dato duro
Seguridad Social De Empleado Público O Miembro De Corporación Pública.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Seguridad social de empleado público o miembro de corporación pública
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín y la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso un ciudadano en contra del Ministerio de Hacienda y otras entidades, con el fin de que se declarara la nulidad de las respuestas que ofrecieron para negar la emisión de los bonos pensionales por las cotizaciones efectuadas en varios periodos de su vida laboral.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, determinó la Corte que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4 del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, la Jurisdicción Contencioso Administrativa es la competente para conocer de demandas en las que se pretende la emisión de un bono pensional de un servidor público, cuyo régimen de pensiones durante el tiempo de la vinculación objeto de reclamo, fue administrado por una entidad de derecho público.

Con base en lo anterior se remitió el expediente a la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado para que tramite lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales dentro del asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín y la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado y DECLARAR que el conocimiento de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por el señor Eliseo Antonio Velásquez Arango en contra del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Universidad de Antioquia y Colfondos S.A., corresponde a la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado.
  2. Segundo. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-2418 a la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado para que tramite lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín y a los sujetos procesales dentro del asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.