Micelio
Auto14 de abril de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Emcali Eice Esp·Demandado Hoyos Hoyos Angelica

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil-Asuntos No Atribuidos Por Ley A Otras Jurisdicciones
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Asuntos no atribuidos por ley a otras jurisdicciones
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Veintinueve Civil Municipal de Cali, Valle del Cauca y el Juzgado Once Administrativo de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de imposición de servidumbre especial que interpuso la empresa EMCALI EICE ESP en contra de una ciudadana, con el objeto de que se declarara en su favor la imposición judicial de servidumbre especial de transmisión eléctrica con ocupación permanente sobre un área de terreno propiedad de la demandada.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión del Auto 769/21 mediante la cual determinó que, corresponde a la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil, por competencia residual (art. 15 CGP) conocer del proceso de imposición de servidumbre de conducción de energía eléctrica, acorde con los supuestos del artículo 27 de la Ley 56 de 1981, al tratarse de un trámite especial que no está expresamente atribuido a una jurisdicción en particular.

Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado Veintinueve Civil Municipal de Cali para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veintinueve Civil Municipal de Cali, Valle del cauca y el Juzgado Once Administrativo de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Veintinueve Civil Municipal de Cali, Valle del Cauca es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por EMCALI contra Angélica Hoyos Hoyos.
  2. Segundo. REMITIR El expediente CJU-2393 al Juzgado Veintinueve Civil Municipal de Cali, Valle del Cauca para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Once Administrativo de la misma ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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