A-500/26 de 2026
Ponente Juan Carlos Cortés González
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 20 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá y el Juzgado 2 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Envigado (Antioquia).
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.
Consideró la Corte que de las autoridades judiciales en conflicto la de Bogotá es la competente para conocer la acción de tutela, al corresponder al lugar donde se originaron las actuaciones presuntamente vulneradoras, donde se produjeron sus efectos y donde el accionante decidió presentar la solicitud de amparo.
En ese sentido, concluyó que no se configuró un escenario de competencia concurrente que activara el criterio a prevención, pues los elementos de conexión territorial relevantes se encontraban exclusivamente en la ciudad de Bogotá.
Con base en lo anterior dirimió el caso con la remisión del expediente al Juzgado 20 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá para que, de manera inmediata, tramite el proceso y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
Al otro despacho involucrado se le advirtió que, en futuros casos, remita a la autoridad competente las controversias de competencia en asuntos de tutela, según lo dispuesto en la Ley 270 de 1996.