Micelio
Auto9 de abril de 2025

A- de 2025

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Procuraduria General De La Nacion·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Aclaracion Sentencia De Constitucionalidad
  • Requisitos
  • Rechazar por incumplir requisito de carga argumentativa
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de aclaración de la Sentencia C-479/24.

El Procurador General de la Nación le pidió a la Corporación aclarar el numeral segundo resolutivo de la providencia de la referencia, teniendo como sustento un escrito que le formuló el presidente de Fenalco al Ministerio Público, tras considerar que ofrece verdaderos motivos de duda y podrían conducir a los operadores a errores de interpretación en detrimento de derechos adquiridos por particulares.

Concluyó la Sala Plena que el requerimiento de analizado no cumplió con la carga argumentativa para su procedencia y, por eso, procedió a RECHAZARLA.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR la solicitud de aclaración de la Sentencia C-479 de 2024 formulada por la Procuraduría General de la Nación, por las razones expuestas en esta providencia.
  2. SEGUNDO. INFORMAR al procurador general de la Nación que contra el presente auto no procede recurso alguno. Proceda la Secretaría General de la Corte de conformidad con lo dispuesto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.