A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Velasquez Santa Jose Jair·Demandado Municipio De Guadalajara De Buga Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos que se originen en el contrato de trabajo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca y la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Buga, Valle del Cauca.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer una acción de nulidad y restablecimiento de derecho interpuesta por un ciudadano contra el municipio de Guadalajara de Buga y el Concejo Municipal del mismo ente territorial.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 975 de 2022, según la cual, “La jurisdicción ordinaria laboral es competente para conocer y decidir de fondo una demanda en la que se pretende el reconocimiento de derechos laborales originados en un vínculo entre un trabajador oficial y una empresa de servicios públicos de carácter oficial, a partir de lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 2 del CPTSS”.
En consecuencia, la Sala Plena ordenó la remisión del expediente a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Buga para que imparta el trámite respectivo al presente asunto y comunique de la presente decisión a la otra autoridad judicial en conflicto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento del proceso adelantado por el José Jair Velásquez Santa contra el municipio de Guadalajara de Buga y el Concejo Municipal de Guadalajara de Buga, radicado bajo el número 76001-33-33-000-2020-00899-00, corresponde a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Buga.
- Segundo. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-2303 al Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Buga para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca y a los sujetos procesales dentro del presente asunto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.