A- de 2017
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Maria Alejandra Agudelo Nuncira·Demandado Consejo Seccional De La Judicatura De Boyaca Y Casanare Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial y el funcional
- Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Administrativo de Boyacá y el Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo, Sala Única de Decisión.
Por considerar que la decisión del Tribunal Administrativo referenciado desconoció las reglas que definen la competencia territorial, la Sala ordena remitir el expediente a dicha autoridad para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la solicitud de amparo formulada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el cinco (5) de junio de 2017, por el Tribunal Administrativo de Boyacá, mediante el cual dicho despacho judicial rechazó la competencia para conocer de la tutela interpuesta por la señora María Alejandra Agudelo Nuncira.
- SEGUNDO. REMITIR el ICC-3000 al Tribunal Administrativo de Boyacá, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la acción de tutela de la referencia.
- TERCERO. Por Secretaría General, COMUNICAR a las partes y al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo - Sala Única de la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.