Micelio
Auto14 de abril de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Alianza Medellin Antioquia Sas Savia Salud Eps·Demandado Ese Hospital San Rafael De Venecia

Tema · dato duro
Demanda Ejecutiva Por Sumas De Dinero; Hay Incertidumbre Del Contrato Estatal Que Originó La Obligación Entre Una Entidad Pública Y Un Particular.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Ejecución de títulos valores con origen en un contrato estatal
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Civil del Circuito de Fredonia (Antioquia) y el Juzgado Veintiuno Administrativo Oral de Medellín.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda ejecutiva que interpuso la EPS Savia Salud en contra del Hospital San Rafael de Venecia, con el propósito de que se librara mandamiento de pago por las obligaciones contenidas en varias facturas, configuradas en virtud de contratos suscritos por concepto de incentivos, partos, protección específica y detección temprana, al igual que por novedades de aseguramiento.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión del Auto 403/21 y estableció que la jurisdicción competente para conocer el presente asunto es la de lo contencioso-administrativo, por tratarse de controversias derivadas de un contrato estatal, según lo establecido en los artículos 104.2 y 104.6 del CPACA.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Veintiuno Administrativo Oral de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Civil del Circuito de Fredonia (Antioquia) y el Juzgado Veintiuno Administrativo Oral de Medellín (Antioquia), en el sentido de DECLARAR que el conocimiento del proceso ejecutivo adelantado por Alianza Medellín Antioquia S.A.S - Savia Salud E.P.S.- contra la E.S.E. Hospital San Rafael de Venecia, corresponde al Juzgado Veintiuno Administrativo de Medellín.
  2. Segundo. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-2008 al Juzgado Veintiuno Administrativo Oral de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Civil del Circuito de Fredonia y a los sujetos procesales dentro del presente asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.