Micelio
Auto19 de octubre de 2016

A- de 2016

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Cesar Tulio Escudero Bedoya·Demandado Uariv

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Séptimo Penal para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Medellín y el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Sopetrán.

Revisadas las consideraciones de los despachos judiciales involucrados considera la Corte, que el juez competente para conocer y tramitar la acción de tutela es el de la ciudad de Medellín, toda vez que allí es donde se producen los efectos de la presunta vulneración de derechos fundamentales y está el domicilio del actor.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Séptimo Penal para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Medellín, para que de manera inmediata lo tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 9 de junio de 2016, proferido por el Juzgado 7deg Penal para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Medellin, dentro de la accion de tutela formulada por Cesar Tulio Escudero Bedoya, en contra de la Unidad Especial para la Atencion y Reparacion a las Victimas.
  2. Segundo. REMITIR ICC-2517 al Juzgado 7deg Penal para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Medellin, que contiene la accion de tutela presentada por el senor Cesar Tulio Escudero Bedoya, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  3. Tercero. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a las partes y al Juzgado Promiscuo del Circuito de Sopetran, la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.