Micelio
Auto19 de octubre de 2016

A- de 2016

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Liz Carolina Rojas Salgado·Demandado Consejo Superior De La Judicatura, Sala Administrativa Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia A Prevención En Tutela
  • Lugar donde ocurrió amenaza o vulneración de derechos fundamentales o donde se produjeron sus efectos
Decreto 1382 De 2000
  • No establece competencia sino reglas de simple reparto
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Superior de Tunja, Sala Civil-Familia y el Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección A.

Para la Corte resulta evidente que el Tribunal mencionado era quien tenía el deber constitucional de dar trámite a la solicitud de amparo, ya que no podía sustentar su falta de competencia en el alcance del artículo 1º del Decreto 1382 de 2000, toda vez que las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela.

Si dirime la controversia con la remisión del expediente al Tribunal Superior de Tunja, para que de forma inmediata lo tramite y profiera la decisión de fondo que corresponda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS la decision de fecha 1 de agosto de 2016, a traves de la cual el Tribunal Superior de Tunja -Sala Civil, familia-se declaro sin competencia para conocer de la accion de tutela interpuesta por la senora Liz Carolina Rojas Salgado.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-2509 al Tribunal Superior de Tunja -Sala Civil, familia- para que de tramite a la accion referida.
  3. Tercero. Por secretaria General, COMUNICAR a las partes y al Consejo de Estado -Seccion Segunda, Subseccion A-., lo resuelto por esta Corporacion.
  4. Comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.