Micelio
Auto19 de octubre de 2016

A- de 2016

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Diego Alejandro Marin Jaramillo·Demandado Universidad De Pamplona Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia A Prevención En Tutela
  • Lugar donde ocurrió amenaza o vulneración de derechos fundamentales o donde se produjeron sus efectos
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Ibagué y el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Bucaramanga.

Reitera la Corte que cuando varios despachos judiciales tienen competencia para conocer la solicitud de amparo, los jueces o tribunales deben respetar la elección que haya efectuado el accionante.

Como quiera que en el caso concreto el peticionario escogió al juzgado de la ciudad de Ibagué, se dirime la controversia con la remisión del expediente a dicha autoridad judicial, para que a prevención y de forma inmediata continúe con el trámite de la primera instancia y profiera la decisión de fondo que corresponda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto del 1 de junio de 2016 del Juzgado
  2. Cuarto. Civil del Circuito de Ibagué dentro de la acción de tutela Diego Alejandro Marín Jaramillo en contra de la Universidad de Pamplona, Junta Directiva del Hospital Regional Manuela Beltrán E.S.E. y Secretaria de Salud Departamental de Santander.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-2494 al Juzgado
  4. Cuarto. Civil del Circuito de Ibagué, para que de manera inmediata tramite y decida de fondo el amparo presentado.
  5. Tercero. Por la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR al Juzgado
  6. Cuarto. Civil del Circuito de Bucaramanga, la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.