Micelio
Auto14 de octubre de 2015

A- de 2015

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Benito Rivero Garcia·Demandado Registraduria Nacional Del Estado Civil, Seccional Cucuta

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sala Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura
  • Dirime conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
Conflicto De Competencia
  • Se remite el expediente al juez de primera instancia
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Cúcuta.

De conformidad con las directrices sentadas por la Corporación en el Auto 278/15, la Sala Plena decide la presente controversia ordenando la remisión del expediente al precitado Consejo Seccional para que, como primera instancia, continúe con los trámites que le corresponden.

Igualmente, ordena a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura que continúe ejerciendo sus funciones en relación con el conocimiento de acciones de tutela, hasta tanto se posesionen los miembros del órgano llamado a reemplazarlo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. ORDENAR a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura que continúe ejerciendo sus funciones en relación con el conocimiento de acciones de tutela, hasta tanto se cumpla uno de los supuestos señalados en la parte motiva de este auto.
  2. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS el oficio con fecha 3 de julio de 2015, por medio del cual la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander remitió el expediente de la referencia a la Oficina de Apoyo Judicial, para efectos de su nuevo reparto.
  3. TERCERO. REMITIR el expediente ICC-2267 al Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander - Sala Jurisdiccional Disciplinaria, para que como juez de primera instancia continúe con los trámites que le corresponden.
  4. CUARTO. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta - Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.