Micelio
Auto22 de abril de 2026

A-480/26 de 2026

Ponente Miguel Efrain Polo Rosero

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad y de suspensión de efectos de la Sentencia T-458/25.

La petición la formuló el hijo mayor de la accionante y argumentó que actuaba en calidad de tercero con interés jurídico directo.

Ello, por ser dependiente económico directo de la tutelante.

De manera particular adujo que el precitado fallo fue proferido con desconocimiento del derecho fundamental al debido proceso, en tanto incurrió en un defecto procedimental absoluto de naturaleza insubsanable, derivado de la omisión de vincularlo al trámite, pese a que la decisión de la Corte habría incidido directamente en su situación jurídica.

El nulicitante formuló, además, una petición orientada a obtener la suspensión de los efectos de las actuaciones adelantadas en cumplimiento del fallo controvertido.

De manera particular requirió la suspensión del auto de obedézcase y cúmplase proferido por el juez de primera instancia, hasta tanto se resuelva de fondo el incidente de nulidad impetrado.

Al verificar el cumplimiento de los requisitos de forma para que proceda el incidente de nulidad, constató la Sala que no se cumplió con el presupuesto de oportunidad que rige dicho mecanismo, en tanto fue formulado de manera extemporánea.

Por lo anterior se decidió RECHAZARLO.

Respecto a la otra pretensión consideró la Corporación que se enmarcaba materialmente en una solicitud de naturaleza cautelar y por ello precisó que ni el Código General del Proceso, ni el Decreto 2591 de 1991, contemplaban la posibilidad de adoptar medidas cautelares para suspender los efectos de una sentencia dictada por la Corte en sede de revisión de tutela, en el contexto de un incidente de nulidad.

Con base en lo anterior, se procedió, igualmente, a su RECHAZO.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.