A- de 2015
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Magdalena Buenahora Luna·Demandado Policia Nacional
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de Jurisprudencia
- Dirime conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Cúcuta.
Se recuerda que a través del Auto 278/15 la Corte Constitucional determinó el alcance del Acto Legislativo 02 de 2015, en relación con la competencia de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura para conocer sobre las acciones de tutela.
Se precisa que, hasta que los miembros de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial no se hayan posesionado, los magistrados del CSJ deben continuar ejerciendo sus funciones jurisdiccionales, por tanto, seguirán conociendo de la acción de tutela.
Con base en lo anterior se decide el asunto ordenando la remisión del expediente al Consejo Seccional involucrado en la controversia para que proceda a archivar la copia de la acción de tutela. .
Se advierte a esta autoridad judicial que debe continuar ejerciendo sus funciones jurisdiccionales en materia de acción de tutela.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Acta Extraordinaria Núm. 67 emitida el 2 de julio de 2015 por el Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander, dentro de la acción de tutela contenida en el expediente ICC-2275. En consecuencia, REMITIR el expediente a la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander para que, proceda a archivar la copia de la acción de tutela instaurada por la señora Magdalena Buenahora Luna contra la Dirección General de la Policía Nacional.
- Segundo. ADVERTIR a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del Acto Legislativo 02 de 2015, continúe ejerciendo sus funciones jurisdiccionales en materia de acción de tutela.
- Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR a la Sala Civil - Familia de Decisión, del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta lo dispuesto en esta providencia.
- Comuníquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.