Micelio
Auto3 de diciembre de 2020

A- de 2020

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Natalia Bernal Cano

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recusacion En Proceso De Constitucionalidad
  • Causales taxativas
  • Requisito de pertinencia
Incidente De Recusacion
  • Condiciones formales y materiales
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recusación formulada contra el magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo, para que sea separado del trámite de nulidad de la Sentencia C-088/20, por tener interés directo en la decisión.

Luego de analizar las argumentaciones de la peticionaria la Corte decidió RECHAZAR, por falta de pertinencia, la recusación presentada.

Así mismo, dispuso oficiar a la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, para lo de su competencia y, conminar a la abogada Natalia Bernal Cano para que en lo sucesivo se abstenga de formular solicitudes irrespetuosas, amenazantes o infundadas hacia los magistrados y magistradas de la Corte.

De lo contrario, la Sala procederá a hacer uso de los poderes correccionales de que trata el artículo 44 del Código General del Proceso.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR por falta de pertinencia la recusacion presentada por la ciudadana Natalia Bernal Cano en contra del Magistrado Antonio Jose Lizarazo Ocampo, respecto de la solicitud de nulidad a la sentencia C-088 de 2020.
  2. Segundo. OFICIAR a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogota para lo de su competencia y en los terminos expuestos en esta providencia. Con este fin, a traves de la Secretaria General remitase copia de esta decision y de las diferentes solicitudes enviadas a la Corte por la abogada Natalia Bernal Cano y relacionadas con el asunto de la referencia.
  3. Tercero. CONMINAR a la abogada Natalia Bernal Cano para que en lo sucesivo se abstenga de formular solicitudes irrespetuosas, amenazantes o infundadas hacia los magistrados y magistradas de la Corte. De lo contrario, la Sala procedera a hacer uso de los poderes correccionales de que trata el articulo 44 del Codigo General del Proceso.
  4. Cuarto. ADVERTIR a la peticionaria que contra esta providencia no proceden recursos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.