Micelio
Auto29 de marzo de 2023

A- de 2023

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante De Oficio Procesado Domico Jose Joaquin Y Otro·Demandado Domico Jose Joaquin Y Otro

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto aparente de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de Dabeiba (Antioquia), con Función de Conocimiento, y la comunidad indígena Chimurro-Nendo.

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en un proceso penal adelantado en contra de dos ciudadanos por la comisión de los delitos de homicidio y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego.

En el trámite de este proceso el apoderado judicial de uno de los implicados (el otro fue declarado persona ausente) adujo que el despacho judicial no tenía competencia y que el conocimiento del proceso debía recaer en la jurisdicción indígena, porque el acusado y la víctima pertenecían a una etnia indígena y el presunto delito también ocurrió en jurisdicción indígena.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto de jurisdicciones, concluyó la Corte que no se satisfizo el subjetivo, en la medida en que fue el abogado defensor quien invocó la falta de competencia ante el estrado judicial, sin por ello poder determinar que se presentó un pronunciamiento de la comunidad indígena reclamando o negando la competencia para asumir el caso.

Con base en lo anterior la Sala Plena se inhibió para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso la remisión del expediente al Juzgado Promiscuo del Circuito de Dabeiba, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los demás interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver sobre el conflicto de jurisdicción promovido por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Dabeiba, Antioquia, con Función de Conocimiento, por incumplir el presupuesto subjetivo para su configuración.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3230 al Juzgado Promiscuo del Circuito de Dabeiba, Antioquia, con Función de Conocimiento, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los demás interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.