Micelio
Auto25 de julio de 2018

A- de 2018

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Maria Morales De Lopez·Demandado Colpensiones

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia
  • Competencia a prevención
Segunda Instancia En Tutela
  • Competencia del superior jerárquico
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre las Salas de Decisión de Asuntos Penales para Adolescentes y Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga.

La controversia se generó en torno a las diferentes interpretaciones que hicieron las autoridades involucradas del factor funcional.

Ellas, presentaron una serie de argumentos relacionados con el artículo 32 del Decreto 2591 de 1991, referente al entendimiento de la expresión “superior jerárquico correspondiente”.

Considera la Corte que las dos Salas son competentes para conocer la impugnación formulada contra el fallo proferido por el Juzgado Tercero Promiscuo de Familia de Palmira y por ello, atendiendo el criterio de competencia a prevención, dispone remitir el expediente a la Sala de Decisión de Asuntos Penales para Adolescentes, para que de forma inmediata asuma el trámite correspondiente y profiera la decisión de segunda instancia que corresponda.

Se hace una advertencia a esta autoridad para que en lo sucesivo tenga en cuenta las reglas sobre la resolución de los conflictos de competencia en materia de tutela reseñadas por la Corte Constitucional, con el fin de no dilatar innecesariamente los procesos de amparo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. INAPLICAR la Resolucion 037 del 19 de abril de 2018 expedida por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga.
  2. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 6 de abril de 2018 proferido por la Sala de Asuntos Penales para Adolescentes del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, dentro del proceso de la referencia.
  3. TERCERO. REMITIR el expediente ICC-3374 a la Sala de Asuntos Penales para Adolescentes del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga para que, de forma inmediata, resuelva el recurso de impugnacion presentado por Maria Morales de Lopez en contra del fallo de tutela de primera instancia proferido por el Juzgado
  4. Tercero. Promiscuo de Familia de Palmira.
  5. CUARTO. ADVERTIR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga que, en lo sucesivo, tenga en cuenta las reglas sobre la resolucion de los conflictos de competencia en materia de tutela resenadas por esta Corporacion en el presente Auto, con el fin de no dilatar innecesariamente los procesos de amparo.
  6. QUINTO. Por Secretaria General, COMUNICAR la decision adoptada en esta providencia a la Salas de Decision Civil-Familia y de Gobierno del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, asi como a las partes.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónAlberto Rojas Ríos
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

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