A- de 2016
Ponente Aquiles Arrieta Gómez
✓Demandante Natanael Vidal Gonzalez·Demandado Secretaria De Transito De La Dorada, Caldas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de Jurisprudencia
- Factor territorial y subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Jamundí y el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de La Dorada.
La Corte encuentra que en el presente caso no se presentó, ni siquiera de forma aparente, un conflicto negativo de competencia, toda vez que el despacho judicial del municipio de Jamundí, sin argumentar o sustentar su decisión, se consideró incompetente para conocer el asunto y no realizar un pronunciamiento de fondo, con lo cual desconoció la normativa y jurisprudencia constitucional referente a la competencia y a las normas de reparto de la acción de tutela, afectando los derechos fundamentales del actor.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Jamundí para que de manera inmediata y sin dilaciones, asuma el conocimiento de la solicitud de amparo formulada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el oficio No. 1145 del diecinueve (19) de mayo de dos mil dieciséis (2016) proferido por el Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Jamundí, Valle, mediante el cual decidió que no era competente para conocer de la acción de tutela presentada por el señor Natanael Vidal González contra la Secretaría de Tránsito y Transporte de la Dorada, Caldas.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-2492 al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Jamundí, Valle, para que de manera inmediata y sin dilaciones asuma el conocimiento de la acción de tutela de la referencia.
- Tercero. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de la Dorada, Caldas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.