Micelio
Auto7 de octubre de 2015

A- de 2015

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Arturo Botero Palomo Y Otros·Demandado Gobernacion Del Valle

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre los Juzgados Primero de Familia Oral y Once Administrativo Oral de Cali, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.

La Corte encuentra que en este caso no se presentó un conflicto de competencia sino un error en la interpretación de las consecuencias que produce la desacumulación de pretensiones de tutela.

Se decide el asunto ordenando la remisión del expediente al Juzgado Primero de Familia Oral de Cali, para que de forma inmediata tramite en primera instancia la solicitud de amparo invocada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del cuatro (4) de septiembre de dos mil quince (2015), proferido por el Juzgado
  2. Primero. de Familia Oral de Cali, mediante el cual se declaró incompetente para conocer la acción de tutela presentada por Lina Marcela Toledo Jiménez contra la Gobernación del Valle del Cauca.
  3. Segundo. REMITIR el expediente al Juzgado
  4. Primero. de Familia Oral de Cali, para que de forma inmediata tramite en primera instancia la acción de tutela mencionada en el numeral anterior.
  5. Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR a las partes y al Juzgado Once Administrativo Oral de Cali la decisión adoptada en esta providencia.
  6. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.