Micelio
Auto6 de septiembre de 2017

A- de 2017

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Gloria Amparo Castro·Demandado Juzgado Penal Militar De Santana, Puerto Asis

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre el Tribunal Superior de Mocoa, Sala Única y el Tribunal Superior de Buga, Sala Penal.

Teniendo en cuenta que los dos despachos judiciales involucrados en la controversia son competentes para resolver el amparo impetrado, decide la Corte que la primera autoridad a quien se le asignó su conocimiento es quien cuenta con la obligación de resolver de fondo la situación jurídica planteada.

En este orden de ideas se ordena remitir el expediente al Tribunal Superior de Buga, a fin de que sin más dilaciones le imparta el trámite de primera instancia y profiera la decisión de fondo respecto del amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 11 de mayo de 2017, por medio del cual el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, Sala de Decisión Penal, se abstuvo de conocer la acción de tutela promovida por la ciudadana Gloria Amparo Castro en contra del Juzgado Penal Militar de Santana Puerto Asís - Putumayo.
  2. SEGUNDO. Por Secretaría General de esta Corporación, REMÍTASE al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, Sala de Decisión Penal, la acción de tutela contenida en el expediente ICC 2978, a fin de que, sin más dilaciones, le imparta el trámite de primera instancia y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
  3. TERCERO. Por Secretaría General, COMUNÍQUESE la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa, Sala Única de Decisión.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.