Micelio
Auto7 de octubre de 2015

A- de 2015

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Leonardo Guerrero Pabon·Demandado Policia Nacional Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia Entre Distintas Jurisdicciones
  • Competencia del Consejo Superior de la Judicatura hasta el día en que cese definitivamente en sus funciones
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cúcuta, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.

Para dirimir la controversia planteada la Corte Constitucional dispone que, de acuerdo con las directrices establecidas en el Auto 278/15, la supresión de la competencia de las Salas Jurisdiccionales de los Consejos Seccionales y del mismo Consejo Superior de la Judicatura de conocer las acciones de tutela, se materializará hasta tanto se posesionen los funcionarios del órgano que reemplazará al Consejo Superior de acuerdo a lo dispuesto en el Acto Legislativo No. 02 de 2015.

De acuerdo a lo anterior, se resuelve el asunto con la remisión del expediente al Consejo Seccional de Norte de Santander, para que conozca sin dilaciones la acción de tutela presentada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. ORDENAR a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander que continúe ejerciendo sus competencias en relación con el conocimiento de acciones de tutela, hasta que concurra alguno de los supuestos señalados en la parte motiva de este auto.
  2. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS el oficio del 3 de julio de 2015, por medio del cual la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander remitió el expediente de la referencia a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración de Justicia, para efectos de su nuevo reparto, con base en lo acordado en el Acta de Sala Extraordinaria No. 67 del 2 de julio de 2015.
  3. TERCERO. REMITIR a Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Norte de Santander, el expediente que contiene la acción de tutela para que conozca, sin dilaciones, de la acción de tutela presentada por el señor José Leonardo Guerrero Pabón contra la Policía Nacional y otros.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.