A- de 2025
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Vladimir Fernandez Andrade·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No aceptar impedimento manifestado por magistrado, por no estar incurso en ninguna de las causales taxativas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Impedimento formulado por el magistrado Vladimir Fernández Andrade.
El precitado magistrado argumentó el hecho de haber intervenido en la expedición de las normas objeto de control.
Ello, por cuanto en ejercicio de sus funciones como secretario jurídico del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República remitió al presidente de la República el Protocolo para su aprobación ejecutiva y luego, los ministros de Relaciones Exteriores y de Justicia y del Derecho presentaron el proyecto de ley aprobatoria a consideración del Senado de la República.
La Sala Plena de la Corporación consideró que no se configuró el impedimento alegado en esta oportunidad, por cuanto la participación alegada por el doctor Fernández Andrade se limitó a cumplir con las funciones propias de su cargo, sin que ello hubiese incidido en el contenido material de las normas demandadas.
Para la Corte, la remisión al presidente de la República del instrumento internacional no es suficiente para la configuración del impedimento manifestado y, por ello, se declaró INFUNDADO y se dispuso no separar al magistrado del conocimiento del proceso.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DECLARAR INFUNDADO el impedimento formulado por el magistrado Vladimir Fernández Andrade para conocer del expediente LAT-502, al no configurarse el motivo de impedimento previsto por los artículos 25 y 26 del Decreto 2067 de 1991. En consecuencia, NO SEPARAR al magistrado Fernández Andrade del conocimiento del referido proceso.
- SEGUNDO. Contra esta decisión no proceden recursos.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.