Micelio
Auto3 de abril de 2025

A- de 2025

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Paula·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Incidente De Desacato
  • Competencia del juez de primera instancia
Solicitud De Cumplimiento Sentencia De La Corte Constitucional
  • No asumir trámite por cuanto no se cumplen los presupuestos para que de manera excepcional la Corte asuma la competencia
Tramite De Cumplimiento Fallo De Tutela
  • Competencia del juez de primera instancia
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de apertura de incidente de desacato de la Sentencia T-047/25.

La peticionaria argumentó que la entidad accionada no ha dado cumplimiento a las órdenes dadas en el precitado fallo y, en consecuencia, no ha sido reintegrada y no está recibiendo ingreso alguno.

Consideró la Sala que en el presente caso el juez de primera instancia es quien debe seguir tramitando el incidente de desacato, en tanto es el que mantiene la competencia para tramitar el cumplimiento de la providencia y, eventualmente, a establecer las sanciones pertinentes por el desacato en que hubiere podido incurrir la accionada.

Además, porque no evidenció que se cumpliera con algún supuesto excepcional de la jurisprudencia constitucional para que la corte pueda asumir directamente su conocimiento.

Con base en lo anterior se remitió la solicitud impetrada en esta oportunidad al Juzgado 74 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple del Distrito Judicial de Bogotá para que continue con el trámite correspondiente.

Se instó a dicha autoridad para que asegure el cumplimiento de las órdenes proferidas en la providencia de la referencia, en los términos en que fueron adoptadas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. NO ASUMIR por falta de competencia el conocimiento de la solicitud de incidente de desacato a la Sentencia T-047 de 2025 presentada por la señora Paula.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR la solicitud de la señora Paula al Juzgado 074 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple del Distrito Judicial de Bogotá para que continue con el trámite del incidente de desacato a la Sentencia T-047 de 2025, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de esta providencia. La Secretaría General le enviará una copia de la solicitud y sus anexos. A su vez, INSTAR al Juzgado 074 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple del Distrito Judicial de Bogotá para que asegure el cumplimiento de las órdenes proferidas en la Sentencia T-047 de 2025, en los términos en que fueron adoptadas.
  3. TERCERO. Por intermedio de la Secretaría General, INFORMAR de esta actuación a la peticionaria y al Juzgado 074 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple del Distrito Judicial de Bogotá.
  4. CUARTO. ORDENAR que el Juzgado 074 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple del Distrito Judicial de Bogotá una vez resuelva la solicitud de incidente de desacato presentada por la señora Paula, envíe a esta Corporación copia de lo resuelto.
  5. QUINTO. COMUNICAR, a través de la Secretaría General de la Corte, el contenido de esta decisión a la señora Paula, con la advertencia de que contra esta decisión no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.